Imputan a menor por detonar cebollón en hocico de Canela
El fiscal de Luque, Augusto Ledezma Blasser, imputó a un menor de 17 años por el hecho punible de crueldad animal por explotar un cebollón en el hocico de la perrita Canela.

El agente fiscal una vez identificado al agresor de la pequeña canina Canela, procedió a recabar nuevas informaciones sobre el presente caso y formuló la imputación, solicitando al Juzgado Penal Adolescente de Luque la notificación del acta de imputación y la aplicación de las medidas cautelares que la Jueza crea oportuna y pertinente.-
La perrita perdió la mandíbula inferior luego de que el sospechoso, señalado como el presunto autor de la agresión, detonara un cebollón en su hocico el pasado 1 de enero, en Año Nuevo, en la compañía Caacupemí, de Areguá, Departamento Central.
Según la investigación, el joven prendió la bomba y le dio al animal, momento en que explotó en su hocico, generando una secuela severa de por vida.
El informe de Ferrer Centro Veterinario detalla que Canela sufrió una fractura conminuta de la sínfisis mandibular, fracturas transversales simples cabalgantes en el tercio medio de las ramas de la mandíbula, fractura del colmillo superior izquierdo y osteomielitis.
Por las lesiones, Canela fue sometida a procedimiento quirúrgico denominado mandibulectomía.
La imputación se desprende de la denuncia formal que presentó la Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal, las declaraciones testificales, el informe médico y los videos sobre reportajes del hecho.
«Canela» con alevosía y premeditación
La presente imputación se funda en los siguientes elementos de sospecha que se pasan a detallar: Escrito de denuncia remitido por el Director de Asesoría Jurídica de la Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal, declaración testifical de Diana Raquel Camarasa Delgado, Informe Médico Veterinario de Centro Veterinario Ferrer, videos sobre reportajes y entrevistas en los medios masivos de comunicaciones y redes sociales, obrantes en el cuaderno de investigación fiscal.-
Por tanto, conforme a la descripción de hechos realizada, esta Fiscalía entiende que el hecho investigado se encuadra dentro de las disposiciones del Hecho Punible previsto en el artículo 68 «De la Crueldad Animal», inc. 1° apartado a y b de la Ley N° 7513 «Hechos Punibles de Maltrato y Crueldad Animal» en concordancia con el artículo 29° «Autoría» del Código Penal.-
El agente fiscal una vez identificado al agresor de la pequeña canina Canela, procedió a recabar nuevas informaciones sobre el presente caso y formuló la imputación, solicitando al Juzgado Penal Adolescente de Luque la notificación del acta de imputación y la aplicación de las medidas cautelares que la Jueza crea oportuna y pertinente.


