Multan a transportistas por pésimos servicios

El Viceministerio de Transporte multó a 36 unidades de diferentes empresas del transporte público que prestan servicio en el área metropolitana de Asunción, tras haber incurrido en infracciones en los últimos dos meses.

Continúan las fiscalizaciones por parte del Viceministerio del Transporte ante los reclamos de los pasajeros.

Las empresas de transporte que prestan servicio en el área metropolitana de Asunción y no proporcionaron el servicio adecuado a las necesidades de los pasajeros fueron multadas al cierre de este mes por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) a través del Viceministerio de Transporte.

Las infracciones fueron constatadas por el Departamento de Fiscalización y Control durante las jornadas de control que lleva adelante la institución estatal.

En diciembre, fueron multadas 10 unidades de transporte pertenecientes a las empresas Gral. Aquino S.R.L.; La Lomita S.A.; San Isidro S.R.L.; La Sanlorenzana S.A.; San Lorenzo C.I.S.A.; Transportistas Guaraní S.R.L.; Capiatá S.R.L.; Ciudad de Villeta S.A.; Campo Limpio S.A.; Lince S.R.L. Ypané – Villeta; y Ñanduti S.R.L.

En enero incurrieron en infracciones 26 unidades de transporte de las empresas La Ciudad de Limpio S.R.L.; Campo Limpio S.A.; Automotores Guaraní S.R.L.; Capiatá S.R.L.; Lince S.R.L.; Puerto Falcón; Transportistas Guaraní S.R.L.; De la Conquista S.A.; La Chaqueña S.R.L.; Aregueña S.A.; San Lorenzo C.I.S.A; Ciudad de Luque S.R.L.; Ciudad de Villeta; Ximex S.A.; 16 de Noviembre S.R.L; La Lomita S.R.L.; Gral. Aquino y Mcal. López S.R.L.

Las empresas de transporte fueron multadas y notificadas por haber incurrido en infracciones, que varían de leves a graves.

Los principales motivos de sanción fueron por incumplimiento en los requerimientos del servicio en cuanto al acondicionador de aire y las condiciones de confort en los buses, con una sanción de cinco jornales mínimos (G. 515.455); por iniciar las operaciones diarias de la unidad sin limpieza interna y externa con 10 jornales mínimos (G. 1.030.910).

Otras de las infracciones fueron circular con puertas abiertas y no respetar las paradas obligatorias establecidas por el Viceministerio de Transporte, sancionadas con 10 jornales mínimos.

Cabe aclarar que una vez notificadas, las empresas tienen hasta cinco días hábiles para abonar la multa, y en caso contrario no podrán acceder al cobro del subsidio, resalta el informe del MOPC.

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