Marito promulgó uso obligatorio de tapabocas y multarán a infractores

El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, promulgó este martes la ley de uso obligatorio de mascarillas y la modificación de la ley nacional de vacunas. La violación de la normativa puede generar sanciones desde G. 400.000 hasta G. 1.600.000 a los particulares, y a los propietarios de las líneas de transporte que incumplan con la ley, las multas podrían llegar hasta G. 16.000.000.

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El uso de mascarillas es obligatorio a nivel nacional.

Las normativas emitidas en el marco de la pandemia del Covid-19 de acuerdo a lo expresado por el presidente de la República tuvieron un trato privilegiado tanto en la Cámara de Senadores como de Diputados y hoy se convierten en herramientas para enfrentar los desafíos que se presentan al final de este año y principios del próximo.

“El espíritu de esta ley busca protegernos con una herramienta que nos permita vivir relativamente con normalidad. El uso de mascarillas es una de las políticas más adecuadas para cuidar los empleos, mantener la dinámica económica y hacer efectivo y aplicable los protocolos que nos permitan reducir los niveles de contagio de hasta un 50%, sumado al lavado de manos y el distanciamiento social”, expresó Abdo Benítez.

Aprovechó la ocasión para exhortar a la ciudadanía a utilizar el tapaboca y adherirse a las medidas sanitarias para evitar retrocesos puesto que si la velocidad de la propagación del virus sigue aumentando se tendrán que evaluar nuevas medidas.

La mencionada Ley sostiene que la obligatoriedad del uso de tapaboca rige a partir de los 10 años de edad en todos los lugares cerrados, públicos o privados con la excepción de lugares de uso privado, donde no exista aglomeración.

Las personas que cuenten con un aval médico que indique la contraindicación del uso de tapaboca serán exceptuadas y las que cuenten con alguna discapacidad física que impida portarlo. También en el caso de la realización de actividades que sean incompatibles con su uso por naturaleza.

La violación de esta normativa puede generar sanciones desde G. 400.000 hasta G. 1.600.000 a los particulares, a los propietarios de las líneas de transporte que incumplan con la ley, las multas podrían llegar hasta G. 16.000.000.

Por otro lado, para los locales se puede aplicar el cierre temporal de 10 días y en caso de reincidencia la clausura definitiva del mismo.

Ley de vacunas

Por otro lado, la promulgación de la ley de vacunas permitirá incluir en el Presupuesto General de la Nación, un Fondo de Emergencia para el Programa Ampliado de Inmunizaciones, equivalente al 15% del presupuesto ordinario del programa para, entre otras cosas, implementar nuevas vacunas en caso de aparición de enfermedades emergentes y pandemia que la justifiquen.

Además, se podrá adquirir vacunas por mecanismos distintos al Fondo Rotatorio de Vacunas de la OPS en el caso de que el mismo no disponga ni oferte la cantidad necesaria para cubrir a la población o cuando se presenten emergencias sanitarias como pandemias o endemias.

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