Jueza debe dictar fallo a favor o en contra de la libertad de expresión

La jueza Jovita A. Rojas de Bortoletto debe resolver este fin de semana el amparo constitucional presentado contra Luque Noticias y otros medios (de comunicación) “nacional e internacional”. La acción judicial promovida por la docente Luz Melgarejo de Beraud, quien busca censurar a la prensa sobre una serie de denuncias por supuesto planillerismo en la Supervisión Administrativa Región 27 de Luque.

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La jueza de Capiatá, Jovita A. Rojas de Bortoletto (centro), tiene a su cargo el cuestionado amparo contra la prensa «nacional e internacional».

Pese a que no es la vía para recurrir, llamativamente la magistrada dio trámite al juicio y rápidamente ordenó la audiencia que se cumplió el lunes pasado en el Juzgado de la Niñez y la Adolescencia de Capiatá. En la oportunidad, la magistrada resolvió dar apertura a pruebas del juicio para su diligenciamiento durante tres días, que se cumplen este jueves.

El amparo fue promovido por la profesora, quien afronta una investigación administrativa ordenada por el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC). El objetivo es evitar que los medios de comunicación divulguen la pesquisa en su contra por supuesto hecho de planillerismo y presuntas irregularidades en la recategorización de rubros del nivel inicial a horas cátedra (sin concurso de oposición y sin contar con el perfil).

Claramente con la acción judicial buscan evitar publicaciones futuras, es decir, se trata de una censura previa directamente contra Luque Noticias y otros medios (de comunicación) “nacional e internacional”, tal como señalan en su presentación.

La acción promovida por la funcionaria pública contraría varias garantías de la Constitución Nacional como la libertad de expresión y de prensa, además del derecho de la ciudadanía de recibir información.

La libre expresión se garantiza en las leyes

Constitución Nacional: Art. 26: “De la libertad de expresión y de prensa. Se garantizan la libre expresión y la libertad de prensa, así como la difusión del pensamiento y de la opinión, sin censura alguna, sin más limitaciones que las dispuestas en esta Constitución; en consecuencia, no se dictará ninguna ley que las imposibilite o las restrinja. No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines”.

Declaración Universal de los DD.HH.: Art. 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Pacto San José de Costa Rica: Art. 13: “Libertad de Pensamiento y de Expresión. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley”.

El portal Digital Luque Noticias, a través de su abogado defensor Ricardo A. Lugo Rodríguez, planteó el rechazo del amparo promovido para tratar de acallar a la prensa para evitar que se siga ventilando la denuncia en su contra por presuntas irregularidades.

Antecedentes

En el Juzgado de Capiatá. La funcionaria pública, Luz Melgarejo de Beraud, pretende acallar a la prensa para evitar que se ventile la investigación en su contra por parte del MEC.

Luque Noticias viene denunciando una serie de irregularidades presuntamente cometidas por la maestra Luz Melgarejo de Beraud, quien fue sindicada como planillera en la Supervisión Región 27, en donde no asiste a trabajar desde febrero pasado.

Además, accedió sin concurso a horas cátedra entre marzo y agosto del año pasado.

La “Técnica” de la Supervisión cuenta con 260 horas cátedra que corresponden a rubros “Z” sin estar en aula. Según documentos, figura como docente catedrática en las escuelas Silvio Pettirossi, de Luque, y Gral. Máximo Santos, de Asunción.

La citada docente solo tiene perfil para nivel inicial: Maternal, Prejardín, Jardín y Preescolar. Sin embargo, accedió a horas cátedra sin concursar y sin estar en Banco de Datos del MEC.

La docente para tratar de eludir a la prensa presentó un confuso certificado médico de reposo. “El documento” pertenece a un sanatorio privado y no fue visado por el IPS. Tampoco cuenta con mesa de entrada en la Supervisión de Luque, a cargo de Ada Luz Fernández de Rodríguez.

La docente también carece de comisionamiento para pemanecer en la Supervisión. La propia supervisora la delató durante la constitución de una comitiva de la Dirección de Transparencia y Anticorrupción del MEC en el marco de la investigación en su contra.

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